¿CÓMO DAR DE ALTA LA LUZ EN UNA VIVIENDA?

  • por asmcasas
  • hace 2 años
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Dar de alta la luz

Cuándo te mudas a una casa, te puedes encontrar que la vivienda no tiene luz, lo cual en
muchas ocasiones puede resultar un quebradero de cabeza Aquí te vamos a explicar cómo
actuar frente a está situación y qué trámites debes realizar para establecer el suministro.


El responsable de dar de alta la luz es la distribuidora, la cual viene asignada según la zona en
la que se viva, y por tanto, no se pueden elegir.


Las distribuidoras son las propietarias de toda la infraestructura eléctrica y tienen la función de
distribuir la energía hasta el punto de suministro, así como de mantener el contador eléctrico,
leer el contador y reparar las averías producidas.


Sin embargo, para dar de alta el suministro, nos tendremos que dirigir a la comercializadora
que queramos contratar, presentando la documentación necesaria y escogiendo la potencia y
la tarifa que deseemos.


La comercializadora realizará la gestión y una vez aceptada la petición, en un plazo
aproximado de 1 a 8 días hábiles, la distribuidora se encargará de conectar el contador.

 

¿Qué tipos de alta existen?

Dar de alta la luz implica solicitar la activación de este suministro. Es muy importante identificar
el motivo por el cual la vivienda que adquirimos no tiene luz, de ello va a depender los trámites
que vamos a tener que realizar y los costes que esta gestión va a tener. realizar y los costes que esta gestión va a tener. 

 

Obra nueva:

Es un nuevo suministro, nunca ha habido luz. A la hora de dar el alta de luz por primera vez, se deberán abonar todos los derechos: de extensión, de acceso y de enganche.

Reactivación:

Hubo luz en el pasado y se solicitó la baja del suministro. No será necesario abonar los derechos de extensión si han pasado menos de 3 años de su baja.

Alta por deuda:

Hubo luz en el pasado y se dió a la baja por una deuda del anterior titular. Habrá que desvincularse de esa deuda presentando los documentos que demuestren que no se es el responsable del impago, como por ejemplo, el contrato de compraventa.

¿Qué coste tiene dar de alta el suministro de la luz?

Tramitar el alta del suministro no es gratuito, este coste está regulado y lo deben abonar todos los usuarios independientemente del lugar de residencia y de la compañía eléctrica que posteriormente les vaya a facturar.
Estos costes se dividen en tres:

❖Derechos de enganche: 17,37 € x kw de potencia contratado.

❖ Derechos de acceso: 19,70 € x kw de potencia contratado

❖ Derechos de enganche: 9,04 €


Como indicamos anteriormente, este el precio final a abonar va a depender del estado en el

que se encuentre el punto de suministro y del tipo de alta que requiera.

Al dar de alta el suministro en la comercializadora escogida, se indicará el importe total a pagar,

que será repercutido en la primera factura de consumo.

Si tiene dudas sobre qué comercializador elegir, la ayuda de un comparador energético le

facilitará encontrar qué compañía de luz es más barata y cuál es mejor para su gasto de consumo.

¿Qué documentación tengo que presentar?

Para dar de alta la luz es muy importante presentar toda la documentación necesaria para su
tramitación, ya que si alguno de los documentos no es correcto, la distribuidora puede paralizar
o denegar la activación del suministro.

La documentación necesaria es la siguiente:

➢ Datos del titular de la factura (nombre completo y DNI)
➢ Número de cuenta para domiciliar el pago
➢ Dirección del punto de suministro.
➢ Número CUPS (Código Unificado de Punto de Suministro)
➢ Potencia a contratar.
➢ Célula de habitabilidad y/o licencia de primera ocupación.
➢ Boletín eléctrico en vigor:

Deberemos presentar un boletín nuevo en el caso de que sea una vivienda de primera construcción, si tiene más de 20 años de antigüedad o si se quiere contratar una
potencia superior a la que existía.

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